Reclamación incapacidad permanente
Abogados expertos en incapacidades laborales y pensiones de invalidez.
Peritos médicos especialistas en valoración de daño corporal.
Todos los grados de incapacidad permanente: Parcial, Total, Absoluta y Gran Invalidez.
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Lo primero que debes saber, si has solicitado el reconocimiento de una incapacidad permanente y el Instituto Nacional de la Seguridad Social te la ha denegado, es que, por desgracia, esto es lo más común. Hasta el 95% de las demandas de incapacidad son rechazadas por el INSS. Patologías en las que antes se concedía sin demasiados problemas, ahora son rechazadas sistemáticamente.
¿Qué ha cambiado? ¿Es consecuencia de la crisis, de los recortes? Muy probablemente. Los criterios de valoración del Tribunal Médico no han cambiado, pero se están viendo muchos errores de apreciación y decisiones arbitrarias.
Sólo en aquellos casos de lesiones muy graves e incapacitantes es posible obtener el reconocimiento en primera instancia, y aun así es muy probable que el grado de incapacidad concedido sea inferior al que realmente te correspondería. No te conformes con menos de lo que mereces.
RECLAMACIÓN PREVIA EN VÍA ADMINISTRATIVA
Siempre vas a tener la opción de recurrir por medio de una reclamación previa en vía administrativa. El plazo para presentarla es de 30 días hábiles desde el día siguiente a la notificación fehaciente de la resolución.
La reclamación previa es un recurso administrativo presentado ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social con la finalidad de manifestar nuestro desacuerdo contra una resolución denegatoria, ya sea de incapacidad permanente, incapacidad temporal, alta médica, etc.
En ella se incluirán los motivos jurídicos o médicos por los que a nuestro parecer se debe conceder la incapacidad laboral.
Sin embargo, es mejor que no te hagas muchas ilusiones. Lo normal es que sea desestimada (bien por resolución expresa del INSS, bien por silencio administrativo), en cuyo caso habrá que interponer una demanda judicial y seguir recurriendo, si es preciso, hasta el Tribunal Superior de Justicia o incluso ante el Tribunal Supremo.
En la inmensa mayoría de los casos para conseguir la incapacidad permanente habrá que reclamarla en los juzgados.
Para la presentación del escrito de Reclamación Previa la Ley no exige la intervención de un abogado. Sin embargo, si se cometen errores de hecho o de derecho en el contenido de la Reclamación Previa, y ésta acaba siendo desestimada, no podremos corregir dichos errores en vía judicial.
Es por ello que desde Reclamatodo no te recomendamos bajo ningún concepto iniciar este procedimiento sin contar antes con el asesoramiento de un abogado especialista en incapacidades laborales. Cualquier error que comentas durante estas fases iniciales (informes médicos, diagnósticos, pruebas...) jugará en tu contra y podría ser determinante para la adjudicación del grado de incapacidad permanente.
RECLAMACIÓN EN VÍA JUDICIAL
Cuando el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades) te ha denegado la incapacidad, para intentar cambiar su resolución y tener las máximas garantías de éxito necesitarás la ayuda de un abogado experto y probablemente también de un perito médico especialista en valoración de daño corporal. Dispones de 30 días hábiles de plazo para presentar la demanda en los juzgados, a contar desde la notificación de la resolución de la reclamación previa.
El abogado será el encargado de preparar la defensa, mientras que el perito aportará su testimonio de experto y su informe pericial médico para inclinar el veredicto del juez a favor de la parte reclamante. El informe o dictamen pericial es un medio de prueba, y suele tener gran peso en el signo de la sentencia.
Nuestros abogados están al día sobre cómo actúa el INSS, ya que todos los meses introducen nuevos detalles que suponen la diferencia entre ganar o perder el juicio.
Recurrir incapacidad permanente total a absoluta
Si estás convencido de que tu situación es más grave de lo que refleja la valoración del Tribunal Médico, y además tienes pruebas médicas que lo demuestren, es posible recurrir una incapacidad permanente total a absoluta. No olvidemos que el dolor y las molestias son subjetivas y muchas veces difíciles de valorar.
Ahora bien, de cara a obtener las mayores garantías de éxito es recomendable contar con un informe pericial médico donde quede patente el empeoramiento de las secuelas de tu patología o la aparición de nuevas afecciones que agravan tu estado de salud.
Mucha gente se queja, pero a la hora de la verdad no reclama. No seas uno de ellos. No te quedes sin la pensión que mereces. Si consideras que no estás apto para volver a trabajar, ¡ejerce tu derecho y reclama!
Además, en Reclamatodo te ofrecemos un estudio de viabilidad totalmente gratis para que sepas si tu caso tiene una base sólida. Sólo si estamos convencidos de que puede salir adelante, lo aceptamos, y sólo te cobramos si ganamos el juicio.
Y recuerda que en Reclamatodo sólo cobramos si ganamos. Déjanos reclamar por ti.