¿Me pueden reclamar una deuda de mi padre?

Tanto si esperas recibir una herencia como si tu progenitor ha contraído deudas y los acreedores le reclaman un pago que no puede afrontar, con el peligro de que embarguen sus bienes, es normal que te hagas la siguiente pregunta: ¿me pueden reclamar una deuda de mi padre? En este artículo te vamos a contar qué hay de cierto en esto, y en qué casos los hijos deben responder de las deudas de sus padres.

¿RESPONDEN LOS HIJOS DE LAS DEUDAS DE SUS PADRES?

Si tu progenitor está vivo, puedes estar tranquilo. Nadie puede reclamarte una deuda de tu padre mientras viva ni pueden embargar tu patrimonio como hijo de una persona con deudas. Sois distintas personas, y las cuentas de una nada tienen que ver con las de la otra. En consecuencia, a priori (luego veremos cuándo no es así) tú no eres responsable de las deudas de tus padres.

Cuando se decreta un embargo por deudas, esta persona está obligada a responder con todo su patrimonio y sus ingresos presentes y futuros.

Lo que sí podría suceder, si tu padre está endeudado y tienes una cuenta corriente en la que eres cotitular junto con él, es que el saldo te sea embargado. Pero para esto da igual la relación de parentesco. Pasaría igualmente con independencia de quién fuera el cotitular de la cuenta.

¿TENGO QUE PAGAR LAS DEUDAS DE MI PADRE FALLECIDO?

Si una persona endeudada o sobre la que pesa un embargo fallece, entonces la situación puede dar un vuelco en el preciso momento en que se reparta la herencia.

Si aceptas la herencia de tus padres o de cualquier otro familiar, se te adjudicará todo su patrimonio, pero también heredarás todas sus deudas, si las hubiera. En tal caso, recaería sobre ti la responsabilidad de satisfacer las demandas de los acreedores.

¿LAS DEUDAS SE HEREDAN DE PADRES A HIJOS EN ESPAÑA?

La herencia de una persona está compuesta por todo su patrimonio, lo que quiere decir que en ella se incluyen tanto los bienes y derechos como las obligaciones y deudas.

Nuestro Código Civil establece que la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extinguen tras su muerte. Por lo tanto, las deudas forman parte de la herencia y se transmitirán a los herederos.

De este modo, si el heredero acepta la herencia, acepta hacerse cargo con su patrimonio personal de las deudas que tuviera el fallecido, así que es posible que una herencia suponga más gastos que beneficios patrimoniales.

El heredero se subroga la posición del causante y, en consecuencia, responderá de las deudas, no sólo con los bienes heredados, sino también con su propio patrimonio.

La forma de evitar esto es repudiar la herencia, o bien aceptar la herencia a beneficio de inventario. Esta opción es especialmente útil si no conoces con exactitud el caudal hereditario del fallecido. En este caso, se liquidarían las deudas en primer lugar y, si quedase algo, el heredero o herederos recibirían la suma restante. En ningún caso tendrías que hacer frente a las deudas con tu patrimonio personal.

Sin embargo, heredar a beneficio de inventario es un procedimiento lento, ya que implica que el juzgado haga un llamamiento a los acreedores. Ahora bien, aporta una seguridad jurídica inestimable a los herederos.

Ten en cuenta que si decides renunciar a la herencia, es un acto irrevocable. La ventaja es que no te podrán reclamar nada por las deudas u obligaciones del difunto, aunque seas el pariente más próximo del fallecido. En última instancia, esta responsabilidad recaería en el Estado o en la Comunidad Autónoma.

Como puedes ver, heredar una herencia no siempre es una decisión fácil de tomar, así que es conveniente que te asesores bien antes de aceptar o renunciar a ella.

¿Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social se heredan?

Todas las deudas se heredan, sin excepción, de manera que, si vas a aceptar una herencia de uno de tus progenitores, asegúrate bien de que no tenga deudas pendientes con la Seguridad Social o con Hacienda. Después de todo, la Agencia Tributaria quizá sea el acreedor más implacable que existe, pues tiene acceso a todas tus cuentas y a tu vida fiscal al completo.

¿Puede el acreedor reclamar una deuda al deudor fallecido?

Si el acreedor pretende reclamar una deuda al deudor fallecido, puede hacerlo, y casi con toda seguridad lo hará, puesto que las deudas forman parte de la herencia. Lo primero será localizar a los herederos, para a continuación iniciar una demanda contra los mismos para la reclamación de deuda o pedir el traslado en el caso de estar ya iniciada.

Reclamar una deuda es un procedimiento legal que los acreedores seguirán incluso tras la muerte del deudor.

Si vas a recibir una herencia de tus padres, pero sospechas que tiene deudas y no sabes qué te conviene, nuestros abogados expertos en Derecho de Sucesiones estudiarán tu caso y te asesorarán sobre la mejor opción. Tenemos amplia experiencia en reclamación de herencias intestadas o sin testamento.

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