El informe psicosocial se ha convertido de un tiempo a esta parte en un elemento fundamental en los procedimientos de guarda y custodia de hijos menores nacidos de una pareja, siendo una de las pruebas más requeridas en juicios de divorcio, separación o de modificación de medidas. ¿Pero sabes en qué consiste y cómo impugnarlo si te es desfavorable? En este post te vamos a contar todo lo que necesitas saber.
¿QUÉ ES EL INFORME PSICOSOCIAL?
El informe psicosocial es una valoración del estado psicológico de las personas implicadas en procesos de guarda y custodia. En él se estudian y se valoran las relaciones entre los miembros de la familia, las habilidades parentales del padre y de la madre, el entorno y las rutinas.
En un principio sólo se analiza a los miembros del núcleo familiar: padre, madre e hijos. No intervienen otras personas de la familia, salvo en casos excepcionales como, por ejemplo, un procedimiento de régimen de visitas de abuelos.
El informe psicosocial es una prueba judicial que se recomienda en situaciones de:
- Separación
- Divorcio
- Modificación de medidas
- Guarda y custodia
- Régimen de visitas
- Tutela
- Adopción
- Acogimiento
Contenido del informe psicosocial
Para la elaboración del informe psicosocial se analizarán las pautas de crianza, las habilidades comunicativas y el perfil de personalidad de los progenitores.
Asimismo, se evaluará el nivel de adaptación del menor o menores a los diferentes escenarios y las posibles dificultades que puedan surgir. En este sentido, se tendrán en cuenta las complicaciones que hayan aparecido en los hijos a lo largo del tiempo y la manera en que los progenitores han actuado ante las mismas.
Por último, también se tendrá en consideración el entorno socioeconómico de cada uno de los cónyuges y cómo puede influir esto en el desarrollo de los menores.
¿En qué consisten las pruebas?
Las pruebas concretas utilizadas dependerán del perito, de su formación y experiencia y del propio proceso de evaluación, pero habitualmente se realizan test para conocer la personalidad de las partes y entrevistas con el psicólogo para explicar cuál ha sido la historia familiar y la motivación de las pretensiones que les han llevado al juzgado.
Las pruebas más comunes consisten en:
- Entrevistas semiestructuradas donde se detalla con precisión la historia del implicado; esto es, cómo se relaciona con sus padres, cómo ha llegado a la situación actual, su contexto socioeconómico, sus relaciones en el trabajo y con su familia, etc. Con ello se pretenden evaluar factores individuales y relacionales dentro de la dinámica familiar, así como dentro del contexto en el que todo el grupo familiar se desenvuelve.
- Pruebas psicológicas empíricas; es decir, instrumentos tanto estandarizados como no estandarizados que analizan aspectos de interés como, por ejemplo, las capacidades parentales, el perfil de personalidad, la manera en la que se afrontan conflictos o cómo se gestiona el estrés.
En estas pruebas se realizan una serie de entrevistas individuales con cada uno de los progenitores, se les hace rellenar una serie de datos personales de interés y realizan una encuesta sobre aspectos clave.
Durante las sesiones de evaluación con los menores se presta atención a su conducta con uno y otro progenitor (normalmente por separado), e igualmente se analiza su comportamiento personal en acciones propias de su edad, como jugar o pintar.
Además, el psicólogo analizará denuncias previas, informes psicológicos anteriores, demandas, etc.
¿Quién realiza las pruebas?
A la hora de valorar distintas áreas relacionadas con el grupo familiar, las pruebas las realizarán los equipos psicosociales del juzgado.
Estos equipos están integrados por un psicólogo y un trabajador social especializados. Ellos se encargarán de hacer las entrevistas y pruebas que consideren oportunas a los progenitores, menores y demás miembros del entorno familiar, y con ellas redactarán el informe.
Pero la intervención del equipo técnico psicosocial no se limita a la valoración de las circunstancias y a la emisión del informe, sino que además deberán ratificarlo y defenderlo, ya sea en una vista oral o compareciendo junto a las partes en sede judicial.
Ahora bien, los equipos psicosociales adscritos a los juzgados de familia están saturados, y esta falta de recursos hace que se produzca un embudo y un retraso considerable en la realización de este tipo de pruebas psicológicas.
Por esta razón, cada vez es una práctica más extendida derivar a un psicólogo externo. En Reclamatodo creemos que es mejor este tipo de derivación que la del equipo psicosocial, puesto que los psicólogos externos pueden dedicar más tiempo a la evaluación de la familia. Además, también tienen la ventaja de que tardarán mucho menos tiempo en elaborar el informe
En casos de divorcio o modificación de medidas, solemos solicitar medidas provisionales para establecer la custodia de los hijos, la pensión de alimentos o el uso de la vivienda familiar en tanto en cuanto se tramita el juicio principal que se verá retrasado por la elaboración del informe psicosocial.
La importancia del informe psicosocial
El objetivo del informe psicosocial es asesorar al juez a la hora de dictar sentencia con relación al régimen de guarda y custodia más favorable para los hijos menores de edad que la pareja tiene en común, por lo que generalmente se emplea en separaciones o divorcios contenciosos, donde no existe mutuo acuerdo en el convenio regulador acerca de la guarda y custodia compartida. Según el contexto familiar se decide cuál es la mejor opción, siempre velando por el Interés Superior del Menor (ISM).
En los casos de separación o divorcio con hijos menores, el informe psicosocial se encuentra entre los peritajes más demandados por los juzgados.
En las conclusiones del informe se incluirá la valoración de la situación familiar y las recomendaciones, y se indicará, según lo que hayan solicitado los abogados en su solicitud, aspectos tales como:
- Si conviene continuar o ampliar el régimen de visitas.
- Si debe establecerse la custodia compartida o es mejor una custodia individual con un régimen de visitas más o menos amplio.
- Si se ha observado alguna situación de violencia.
Dichas conclusiones resultan esenciales, puesto que el juez las tendrá muy en cuenta a la hora de dictar el fallo.
¿CUÁNDO SE PIDE EL INFORME PSICOSOCIAL?
El informe psicosocial puede presentarse al establecer el convenio regulador, o con posterioridad, en una modificación de medidas por un cambio de circunstancias.
En los procedimientos contenciosos de separación o divorcio y modificación de medidas, cualquiera de las partes (demandante, demandado o Ministerio Fiscal) puede solicitar al juez que se realice este tipo de valoración a fin de fundamentar sus pretensiones o alegaciones con respecto al contrario en base a esa prueba.
Así también, y aunque no sea lo más habitual, su práctica puede ser acordada de oficio por el propio juez cuando, para resolver el asunto, requiera de esta valoración por parte de los técnicos.
Cuando los hijos superan los 12 años de edad, además de la prueba psicosocial puede solicitarse la exploración del menor, algo especialmente útil en los procedimientos de medidas provisionales.
Los informes periciales pueden aportarse hasta 5 días antes del juicio oral, si bien es recomendable no apurar hasta el último momento, ya que su elaboración conlleva un tiempo de trabajo y estudio del caso.
Valor probatorio del informe psicosocial
Desde un punto de vista judicial, los informes psicosociales constituyen una prueba del proceso. En los casos de custodia, las conclusiones de los informes psicosociales pueden ser determinantes.
No en vano, el informe psicosocial es un elemento de orientación muy importante para el juez a la hora de dictar sentencia, aunque también entran en juego otros elementos: cumplimiento de las obligaciones paterno-filiales, flexibilidad laboral, apoyo familiar, etc.
¿QUÉ REPERCUSIÓN TIENE EL INFORME PSICOSOCIAL EN UNA CUSTODIA COMPARTIDA?
Al igual que ocurre con cualquier otro informe pericial, tras la demanda solicitando un informe psicosocial, éste se presentará ante el juez como medio de prueba al valorar la opción de una custodia compartida.
En los casos de custodia, las conclusiones de los informes psicosociales pueden ser fundamentales para que el juez determine si un padre es mejor que otro para ejercer la custodia (por lo que dictará un régimen de custodia exclusiva o monoparental) o si ambos son aptos y por lo tanto es mejor una custodia compartida.
CÓMO TUMBAR UN INFORME PSICOSOCIAL
La mejor manera de tumbar un informe psicosocial desfavorable es aportar un informe psicológico privado. Un psicólogo forense privado siempre será capaz de aportar una mayor garantía en los servicios de defensa que ofrece en comparación con los informes del juzgado.
La principal razón, como hemos dicho, es que los juzgados, especialmente los de ciudades muy populosas como Madrid o Barcelona, presentan serias limitaciones para gestionar la inmensa cantidad de demandas y denuncias que reciben, y ello hace que, en ocasiones, no presten atención a variables importantes, o que no evalúen correctamente a todos los miembros de la familia, o que no revisen toda la documentación existente.
Un contrainforme o contraperitaje es un informe elaborado de nuevo por un perito con el objetivo de revisar punto por punto el informe psicosocial elaborado por el juzgado en busca de errores en el peritaje psicológico, criterios erróneos o mala praxis, para intentar impugnarlo.
Si quieres reclamar la custodia compartida o exclusiva de tu hijo o hijos, en Reclamatodo podemos ayudarte a presentar un informe psicosocial que te ayude en tu demanda, o bien un contrainforme que impugne al anterior. Déjanos reclamar por ti.